Senado aprueba proyecto para que los ciudadanos deban permitir la aplicación de vacunas
El Senado de la República aprobó en segunda discusión un proyecto de ley que busca garantizar la protección adecuada de la población contra enfermedades prevenibles a través de la vacunación.
La iniciativa será enviada a la Cámara de Diputados, donde los representantes tendrán que decidir si culminar su aprobación para luego tramitarla hacia el Poder Ejecutivo.
Esta pieza, aunque no utiliza la palabra obligación, establece como un deber para los ciudadanos el permitir que les sea realizado un proceso de inoculación.
“Las personas que habiten en territorio nacional son corresponsables con el Estado de mantener actualizado su estado vacunal y deberán realizar lo concerniente para permitir que les sean aplicadas las vacunas que correspondan, según su edad y esquema, y a que la información correspondiente se registre en la respectiva tarjeta de vacunación”, versa uno de los párrafos del artículo 14.
Además, las personas que ejerzan la tutela de menores de edad u otros seres humanos “que no puedan decidir por sí mismas, estarán obligadas a tomar las medidas necesarias para que reciban las vacunas”.
“Responsabilidad constitucional”
El artículo 23 indica que los padres son los responsables de cumplir con la obligación de asegurar la vacunación de los niños, niñas y adolescentes, “conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Carta Magna”.
“Todos los niños, niñas y adolescentes deben ser vacunados… ya que conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Constitución, los padres o representantes legales son los responsables del cumplimiento de esta obligación, los cuales tienen el deber de mantener actualizada la tarjeta de vacunación”, indica el artículo antes mencionado.
Sin embargo, el numeral 61 de la norma suprema solo hace referencia al derecho que tienen los ciudadanos de recibir una “salud integral”, así como de precisar la responsabilidad que tiene el Estado de velar por la protección de estos.
El texto constitucional no especifica en ese apartado que los “padres o representantes legales deben cumplir con la obligación de vacunar” a los menores de edad, según lo indica la propuesta legislativa.
“Los directores o administradores de las instituciones públicas o privadas que tengan bajo su cuidado a (menores de edad) tienen el deber de mantener debidamente actualizada la tarjeta de vacunación”, ordena este artículo.
Personal de salud
Los senadores Daniel Rivera, Johnson Encarnación, Lía Díaz y Ginette Bournigal son los autores de este documento.
Estos recomiendan también que el personal de salud “de cualquier institución del sector público y privado” esté obligado administrativamente a participar en jornadas, campañas y operativos de vacunación, cuando las autoridades así lo requieran.
Los doctores, enfermeros, así como los demás trabajadores del sistema de salud autorizados, deberán comentarles a las pacientes los detalles sobre el contenido líquido que recibirá su cuerpo. Este, además, deberá ser suministrado de manera gratuita por el Estado.
En caso de ser aplicado en un centro privado, el ciudadano deberá asumir los costos.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia (Mispas) es la autoridad encargada de definir e implementar la política nacional de vacunación en el territorio dominicano.
Cárcel como castigo
El artículo 50 contempla una pena de tres meses a dos años de prisión correccional y multas de hasta 25 salarios mínimos del sector público para quienes desvíen recursos destinados por el Estado para la vacunación de la población, vendan u obtengan algún beneficio por la entrega de los instrumentos sanitarios y expidan registros falsos.
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