PGR: Lowell Fernández y Fred Imbert firmaron contratos por más 3,228 MM sin evidencias de ejecución
Aunque los empresarios Lowell Fernández Whipple y Fred Oscar Imbert no están imputados en el expediente del caso del Seguro Nacional de Salud (Senasa), sus nombres figuran como socios de Eduardo Read Estrella en las empresas FARMACARD, S.R.L. y DELESTE, S.R.L. y como quienes firmaron contratos con la institución.
El Ministerio Público utiliza estos nombres y contratos de la empresa para detallar pagos por servicios “que no cuentan con evidencias” de que fueron realizados, igual que en la empresa KHERSUM, S.R.L., propiedad de Eduardo Read Estrella.
FARMACARD, S.R.L. y DELESTE, S.R.L., son vinculadas directamente a Eduardo Read Estrella, quien se encuentra imputado por este caso.
En informes de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) se establecen inconsistencias en la entrega de reportes, además de que no fueron proporcionados evidencias de la cantidad de afiliados del Régimen Subsidiado que recibían servicios.
También reporte de servicios con números erróneos de cédula y NSS y Senasa no presentó monitoreo de servicios.
“Los centros asociados a DELESTE, S.R.L. su alcance se circunscribía principalmente en la región Este, sin embargo, la mayoría (21 centros) se concentraban en la zona metropolitana, de los cuales 17 centros también se encontraban en la red que proporcionó Khersum, S.RL.”, dice la solicitud.
De acuerdo al Ministerio Público, desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025 la empresa FARMACARD recibió de Senasa RD$ 2,296,610,837.85 y DELESTE S.R.L., unos RD$932,100,000.00, para un monto total de RD$3,228,710,837.85.
Sin embargo, en los detalles de la firma de estos contratos, que se establecen en la solicitud de medida de coerción, se realizaron entre el 2022 y 2025.
El contrato con Lowell Fernández Whipple se firmó el 28 de febrero de 2025 para la “compra y venta de servicios de salud”, en especial productos farmacéuticos a los que tienen derecho los afiliados del “Régimen Contributivo, los planes especiales de pensionados y jubilados, planes complementarios y voluntarios”. El mismo tendría una vigencia de 3 años.
Senasa debía pagar RD$168.85 por afiliado, sin ninguna constancia de que se ofrecía el servicio.
“Este sistema de pagos capitados perjudicó doblemente al Estado, ya que, por un lado, SENASA pagaba al Servicio Nacional de Salud diecinueve pesos con 00/100 (RD$19.00) pesos mensuales por persona afiliada al régimen subsidiado y, por otro lado, por ochocientas mil (800,000) personas de ese mismo régimen eran pagadas a ciento treinta pesos con 00/100 (RD$130.00) a las empresas del Grupo Read, KHERSUM y DELESTE, ya que no existía ningún parámetro ni control que definiera cuál era la población objetiva a la que estaban destinados estos servicios privados”, dice la solicitud.
El expediente de solicitud de medida de coerción establece que este contrato, de acuerdo a una resolución de la Dirección General de Contrataciones Públicas el 15 de agosto de 2025, debía ser anulado.
Además que la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República observó que la empresa continúo operando por todo un año, desde el 2020 hasta el 12 de junio de 2021 en un contrato que ganó Red Dominicana de Farmacias, S.R.L.,
La firma con Fred Oscar Imbert y la empresa DELESTE S.R.L., se realizó el 13 de octubre de 2022 para la "compra y venta de servicios de salud" hasta el 12 de octubre de 2023 y contó con dos adendas, la primera en fecha 20 de abril de 2023 y la segunda en fecha 30 de enero de 2024, ambas firmadas por la señora Maridania Salas Frías, gerente de DELESTE S.R.L.
El ámbito de ejecución del contrato correspondía a una población que podía alcanzar hasta 500,000 afiliados de SENASA de los regímenes contributivo y subsidiado que residan en las provincias y localidades donde el prestador contaba con centros asociados y cualquier otra población que se definiera de tiempo en tiempo. Se estableció que la población inicial sería de 150,000”, dice el Ministerio Público.
Los servicios eran de atención ambulatoria básica con médicos generales, familiares, ginecobstetra, pediatras, nutricionistas y optómetras, distribuidos en centros de primer nivel de atención y clínicas de segundo y tercer nivel de atención; servicios médicos diagnósticos ambulatorios de laboratorios, rayos x, ecografías, electrocardiogramas y toma de muestras de citología vaginal según se describe en el anexo 2 del contrato.
También manejo de los programas de prevención y promoción de salud con el cumplimiento de los indicadores del anexo 3 del contrato; atención domiciliaria, ambulatoria con médicos, enfermeras y promotores de salud que permita el levantamiento de las necesidades comunitarias.
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