Capturan hombre buscado desde 2023 por la muerte de una mujer en Villa Altagracia
La jueza Sudelgi Rosario Mena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Villa Altagracia, impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a un hombre que estaba prófugo desde 2023 por la muerte de una señora de 62.
Vicente Oviedo Beltré (Celin) fue capturado el pasado 13 de este mes, por la muerte de Lucía Paulino Puello (Sonia).
La fiscal litigante Rosa Hernández sustentó con diferentes pruebas la solicitud de medida de coerción ante el tribunal, que ordenó el cumplimiento de la prisión en la cárcel de Najayo, en San Cristóbal.
El informe refiere que el imputado compartía junto a su esposa y con Miguel Antonio Aponte Paulino (Michel), hijo de la víctima, en un negocio del Kilómetro 40 de la autopista Duarte, en el sector Las Batatas, de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal.
Luego, Miguel Antonio Aponte Paulino se percató que había una discusión entre Oviedo Beltré y su esposa, razón por lo que este trató de intervenir, confrontando al hoy imputado, quien se calmó en el momento, pero, poco tiempo después, intentó agredirlo con un arma blanca.
Ante el intento de agresión, Aponte Paulino salió corriendo con destino hacia su residencia.
Más tarde, un hermano de Aponte Paulino se presentó a su residencia, en la que encontró tirado en el suelo y ensangrentado el cadáver de su madre Paulino Puello.
Según se ha establecido en el transcurso de las investigaciones, Oviedo Beltré le causó las lesiones mortales a la víctima Paulino Puello con un arma blanca, en el momento en que persiguió al hijo de la víctima hasta su residencia.
En el proceso, la Fiscalía de Villa Altagracia solicitó una orden de arresto en contra del imputado Oviedo Beltré, siendo emitida la orden marcada con el núm. 498-2023 por el Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de Villa Altagracia.
El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica provisional de asesinato, previsto y sancionado en los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, y en los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
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