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Lo que puedes traer a RD sin declarar y lo que debes reportar en Aduanas

03 September 2026
This content originally appeared on Listín Diario.
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Ingresar a República Dominicana con dinero, regalos, medicamentos, equipos electrónicos o artículos de uso personal no significa estrictamente que el viajero deba pagar impuestos. No obstante, existen cantidades y tipos de productos que deben ser declarados ante la Dirección General de Aduanas (DGA) o que están sujetos a controles de otras entidades del Estado.

Las informaciones se encuentran principalmente en el Manual del viajero de la DGA. Este establece una guía de los artículos que pueden entrar al país sin necesidad de una declaración y aquellos que sí requieren la misma.

Uno de los puntos principales a mencionar es el dinero en efectivo. Aunque no existe un monto máximo de dólares que una persona pueda introducir al país, sí existe un monto a partir del cual la declaración es de carácter obligatorio.

El monto que debe declararse

Al momento de entrar o salir del país con títulos, valores al portador o $10,000 dólares o más, se requiere de una declaración ante los oficiales de la DGA por medio de un formulario habilitado para tal efecto y presentar los documentos que justifiquen la procedencia lícita de esos valores.

El artículo 65, de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismos, establece que la declaración debe contener, entre otros datos, la identidad de quien transporta el dinero, la persona en cuyo nombre se realiza el transporte, el origen y destino, la cantidad y clase de dinero o valores y el origen y uso que se pretende dar a estos.

En caso de no declarar, el artículo 4 de la Ley 155-17, en el numeral 12, establece que la persona, nacional o extranjera, que ingrese o salga del territorio dominicano portando dinero o títulos valores al portador por un monto que exceda los US$10,000, o su equivalente, y no lo declare o lo haga falsamente, puede ser sancionada con seis meses a un año de prisión menor, además del decomiso del dinero o de los títulos valores no declarados o falsamente declarados y una multa de 40 a 60 salarios mínimos.

¿Qué puede llevar un pasajero sin presentar declaración aduanera?

No todo artículo que entra al país tiene que ser declarado. En el manual del viajero se contempla una categoría de artículos personales que pueden ingresar sin presentar una declaración aduanera y sin pagar impuestos.

Los insumos personales que no requieren declaración en el equipaje son: ropa, calzado, maquillaje, libros, revistas, artículos de higiene y otros. La DGA específica que esto se cumplirá siempre que estén acorde a la duración del viaje y que, por su cantidad, no puedan ser objeto de comercialización.

Quien desee ingresar al país equipos digitales como cámara fotográfica (1), cámara de video (1), laptop (1), Tablet (1), celulares (2) y un instrumento musical, deben tener en cuenta que puede ingresar libre de impuestos la cantidad mencionada, si lleva más deberá pagar los impuestos correspondientes.

En cuanto a los articulo deportivos, la página del manual del viajero explica que “solo se permite ingresar equipos deportivos de uso personal, en cantidades razonables para la actividad a realizar por el viajero”. Entre los deportes están: windsurf, snorkel, kayak, buceo, surf, golf, montañismo, ciclismo, pádel, entre otros. Estos pueden llegar como equipaje “no acompañado”, es decir que viajarán como carga aérea y requiere de una documentación específica.

En el caso de los niños, pueden ingresar con hasta cinco juguetes, siempre que sean transportados por una persona. Además, se permite el ingreso de un (1) coche, una (1) silla de carro y un (1) corral.

Asimismo, si eres una persona que requiere del uso de medicamentos el manual indica que aquellos destinados al uso personal están permitidos. Sin embargo, cuando se trate de sustancias controladas o psicotrópicas, el viajero debe presentar la receta médica que justifique su consumo durante la estadía.

Para los casos de discapacidad se autorizará todos los elementos o artículos utilizados por los pasajeros con alguna condición y que sean necesarios para suplir o reducir su limitación física. Para el caso de mascotas de asistencia (y animales en general), la DGA aclara que se deben cumplir los requisitos del Ministerio de Agricultura (certificados de vacunación y de salud animal).

Los pasajeros mayores de edad pueden ingresar libre de impuestos hasta 5 litros de bebidas alcohólicas, entre ellas vino, cerveza, ron, whisky u otros licores; 20 cajetillas de cigarrillos o 25 puros o 200 gramos de tabaco.

De igual forma queda prohibido o restringido la droga, sustancias psicotrópicas, armas de fuego, sustancias contaminantes, y otras que afecten la seguridad nacional.

Los alimentos deben ser declarados en el formulario correspondiente y están sujetos a controles de las autoridades competentes en materia de salud y sanidad según el tipo de producto.

Regalos

La DGA establece que el valor total de los regalos que lleve el pasajero en su equipaje no debe superar los $500 dólares. Esto comprende artículos que los viajeros traigan consigo o que sea adquirido en establecimientos de zonas francas comerciales o duty free de aeropuertos y puertos del país.

El pasajero que haya disfrutado de esto durante los tres meses anteriores a su viaje no puede volver a utilizarla. Además, El Manual del Viajero señala que en esta sección se permiten dos a tres unidades, siempre que no sean repetidas.