A través de un comunicado de prensa, el Consejo del Poder Judicial indicó que los movimientos objetados por las juezas Natividad Ramona Santos, Wendy Altagracia Valdez y Pilar Antonia Rufino Díaz no corresponden a traslados sino a “reasignaciones” dentro del misma Cámara y Jurisdicción.
Según lo explicado en el documento, el traslado implica el cambio de un juez o jueza de un tribunal a otro, mientras que las medidas adoptadas mediante la referida resolución corresponden a reasignaciones en un mismo tribunal.
“En consecuencia, los jueces y juezas involucrados permanecen dentro de la misma Cámara, jurisdicción, especialidad y categoría judicial, sin ser destinados a órganos jurisdiccionales diferentes ni a materias distintas de aquellas en las que actualmente ejercen sus funciones”, reseña la nota de prensa, indicando que la diferencia de ambos movimientos está contemplada en la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial.
Los movimientos, dispuestos en la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014, están orientados a fortalecer el equilibrio en la distribución de la experiencia jurisdiccional como consecuencia de recientes ascensos y cambios de jerarquía producidos en distintos órganos judiciales.
“Estas medidas corresponden a una reconformación interna de salas en determinados órganos colegiados. Para su valoración fueron tomadas en cuenta las necesidades del servicio, la distribución del trabajo, las cuales aportaron elementos relevantes sobre la conformación más adecuada para garantizar el buen funcionamiento de los tribunales”, aclara el Consejo.
No son definitivos
Mediante el mismo documento de prensa, el Consejo del Poder Judicial indicó que esos movimientos no han adquirido un carácter definitivo, por lo que permanecen abiertos los plazos legales para la interposición y conocimiento de los recursos de reconsideración, conforme al debido proceso administrativo.
“En ese sentido, resulta importante distinguir ambas figuras jurídicas, evitando atribuir a las decisiones adoptadas un alcance distinto al que realmente tienen. La correcta comprensión de estos procesos fortalece la transparencia institucional y contribuye a que el debate público se desarrolle sobre la base de información precisa, completa y contextualizada”, manifiestan.
Los movimientos
Las modificaciones disputadas ante el presidente del Consejo, Luis Henry Molina, disponen, hasta el momento, el paso de la magistrada Natividad Ramona Santos de la Tercera a la Segunda Sala; de la magistrada Wendy Altagracia Valdez de la Segunda a la Tercera Sala; y de la magistrada Pilar Antonia Rufino Díaz de la Primera a la Tercera Sala de dicha corte.
En su reclamo, las juezas sostienen que las reubicaciones fueron decididas sin ser consultadas y sin otorgar su consentimiento, lo que consideran una actuación "arbitraria, ilegal y de retaliación".
"Nunca hemos solicitado traslado, ni se ha consultado o pedido nuestra anuencia para ello, lo cual convierte dichos traslados en un acto de arbitrariedad, ilegalidad y retaliación en nuestra contra", indica el documento dirigido a Molina Peña, quien preside tanto la Suprema Corte de Justicia como el Consejo del Poder Judicial.
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